SECCIÓN 134
Revelación dada por medio del presidente Frederick M. Smith en Independence, Misuri, el 2 de octubre de 1922.
Este mensaje fue presentado a la Conferencia General, y por ellos se refirió a los diversos quórumes. El Consejo de los Doce y el Obispado Presidente se unieron para recomendar que la acción al respecto sea “aplazada hasta que se resuelvan los asuntos importantes pendientes ante el Consejo Conjunto de la Presidencia, los Doce y el Obispado presidente, en el cual el . . . el personal de los Doce está vitalmente interesado”. El debate sobre este asunto de procedimiento se amplió a una revisión de toda la administración del presidente Smith. El documento fue aprobado por votación dividida el 12 de octubre.
A la Iglesia: Al asunto de llenar los quórumes principales de la iglesia en los que ahora existen vacantes, he considerado y meditado con oración y cuidado, y la voz de inspiración para mí es:
1 Que Floyd M. McDowell sea ordenado consejero del presidente como miembro de la Primera Presidencia para llenar la vacante que ahora existe.
2 Que Gomer T. Griffiths, Ulysses W. Greene, Cornelius A. Butterworth y Robert C. Russell sean liberados de responsabilidades adicionales como apóstoles, para dedicar sus actividades, según lo permitan sus fuerzas y oportunidades, a la obra local o como ministros evangélicos según lo permitan. podría determinarse mediante un procedimiento posterior.
3 Para llenar las vacantes en el Quórum de los Doce, que los siguientes sean ordenados apóstoles: Clyde F. Ellis, John F. Garver, Daniel T. Williams, F. Henry Edwards, Edmund J. Gleazer, Roy S. Budd.
4 Que James A. Gillen sea ordenado presidente del Quórum de los Doce.
5a El campo es grande y el tiempo oportuno.
5b Prosiga la obra misional con gran vigor, y si los Doce se dedican de todo corazón a esta obra, la iglesia será grandemente bendecida a través de su ministerio.
6a Y amoneste además al Quórum de los Doce que sobre ellos recae la onerosa carga de la obra misional de la iglesia,
6b y no ocuparse de labores administrativas locales sino en casos de emergencia o por mandato de la Presidencia, dejando el cuidado de las labores locales a los funcionarios previamente señalados en la ley.
7 Que cese la contienda.
Federico M Smith
Independencia, Misuri, 2 de octubre de 1922
Biblioteca de las Escrituras: Doctrina y Convenios
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